II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 452/38202/2015, de 23 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.
Primero.
Convocar el proceso de selección para cubrir las plazas, con parámetros objetivos de
selección, para el acceso de nacionales y extranjeros a la condición de militar de tropa y
marinería, en el número que resulte necesario sin superar 79.000 efectivos el día 31 de
diciembre de 2016, de los que como máximo podrán ser 7.110 no nacionales.
Segundo.
Mediante la presente resolución se ofertan mil quinientas (1.500) plazas,correspondientes al Ciclo de Resolución número 1.
Tercero.
Las plazas correspondientes al Ciclo de Selección 2 se expondrán, públicamente, en las Subdelegaciones de Defensa y en la página web del Ministerio de Defensa: www.reclutamiento.defensa.gob.es
Anexos.
1. Bases de la convocatoria.
2. Plazas de Ciclo de Selección número 1.
Anexo I
1. Condiciones para participar en la convocatoria.
a) Tener la nacionalidad Española o la de alguno de los países que aparece en el apéndice 2.
b) Antes de la incorporación al centro de formación cumplir o tener 18 años.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) No estar privado de los derechos civiles.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
(terminando)
Segundo.
Mediante la presente resolución se ofertan mil quinientas (1.500) plazas,correspondientes al Ciclo de Resolución número 1.
Tercero.
Las plazas correspondientes al Ciclo de Selección 2 se expondrán, públicamente, en las Subdelegaciones de Defensa y en la página web del Ministerio de Defensa: www.reclutamiento.defensa.gob.es
Anexos.
1. Bases de la convocatoria.
2. Plazas de Ciclo de Selección número 1.
Anexo I
1. Condiciones para participar en la convocatoria.
a) Tener la nacionalidad Española o la de alguno de los países que aparece en el apéndice 2.
b) Antes de la incorporación al centro de formación cumplir o tener 18 años.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) No estar privado de los derechos civiles.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
(terminando)
No hay comentarios:
Publicar un comentario